En el marco del cumplimiento de la misión asignada a Gendarmería Nacional, en la Jurisdicción de la Agrupación IV “MISIONES” y III “CORRIENTES”, se llevó a cabo diferentes procedimientos.
ESTUPEFACIENTE
Durante el transcurso de la mañana del día 21 de marzo del corriente año, en momentos que integrantes de la Sección “San José” y Sección “Leandro N. Alem”, dependientes del Escuadrón 8 “BERNARDO DE IRIGOYEN”, efectuando un control sobre la Ruta Nacional N° 14, procedieron al control físico y de documentos de un vehículo de marca Volkswagen, modelo Gol, conducido en oportunidad por un ciudadano argentino.
Del control físico surgió que el conductor transportaba en el asiento del acompañante, a simple vista, dos bolsas de color negro. Seguidamente, luego de la apertura de las mismas, se constató que transportaba sustancia vegetal verde amarronada.
Ante tal situación, personal de Criminalística y Estudios Forenses de la Unidad, ante testigos hábiles requeridos al efecto, procedieron a la correspondiente prueba de campo “Narco Test” arrojando como resultado cromáticamente positivo (+) para Cannabis Sativa (Marihuana), con un peso de DIEZ KILOS CON OCHOCIENTOS CINCO GRAMOS (10,805 KG), y un avalúo de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO PESOS ($3.727.725).
Posteriormente, se tomó contacto con el Juzgado Federal de la Ciudad de Posadas, secretaria de turno, quien, interiorizado de los pormenores de la causa, oriento que se realice toda actuación de rigor, y se proceda al traslado el vehículo al asiento de la unidad, y el ciudadano quede detenido en “carácter de incomunicado”.
CONTRABANDO
Durante el transcurso de la mañana del día 21 de marzo del corriente año, en momentos que integrantes de la Sección Puente Internacional Tancredo Neves, dependientes del Escuadrón 13 “IGUAZÚ”, realizaban un control sobre el mismo cuando observaron a un individuo de sexo masculino trasladándose en una moto-vehículo transportando un gran bulto en la parte de atrás. Ante el control del mismo, los Uniformados procedieron a la requisa ante testigos hábiles requeridos al efecto, surgiendo que llevaba consigo la suma de SEISCIENTAS (600) gorras de origen extranjero sin aval aduanero que respalde su legal ingreso al país.
El avalúo de la mercadería incautada asciende a un valor de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($480.000).
SOJA A GRANEL
Integrantes del Puesto Control Fijo “Cuay Grande”, dependiente del Escuadrón 57 “Santo Tome” logró la incautación de un (1) transporte de cargas generales que pretendía trasladar soja a granel, hacia la provincia de Misiones, sin la documentación respaldatoria.
El procedimiento se llevó a cabo en horas de la mañana del día 21 de marzo del 2023, cuando los Uniformados se encontraban realizando un control vehicular sobre la Ruta Nacional N° 14, altura Cuay Grande, en la localidad de Santo Tome (Ctes), en momentos que reciben información de automóviles que pasaban por el lugar, que en cercanías a la zona de control se encontraba un camión, con aparente desperfecto mecánico, por lo que personal de la Fuerza Federal, se desplazó hasta el lugar observando un camión junto a su acoplado sobre la ruta con balizas prendidas.
Personal de Gendarmería procedió a encauzar el tránsito en el lugar, una vez subsanado el inconveniente por el conductor del camión, procedieron a la verificación de la carga del semirremolque, observando que procedía de la provincia de Córdoba, con destino final a la provincia de Misiones, transportando SOJA a granel, por lo que, el personal Uniformado, solicitó la correspondiente documentación respaldatoria para el traslado de granos, la cual fue exhibida por el chofer. Se procedió a consultar los datos con la AFIP-DGI, delegación Posadas (Ctes), quienes avisaron a la Fuerza que la carta de porte figuraba como “INACTIVA”.
Ante tal situación, se procedió a tomar contacto con la Secretaria de Derechos Humanos del Juzgado Federal de Paso de los Libres (Ctes), quien interiorizado de los pormenores ordeno que se proceda a la incautación de la documentación presentada, los rodados involucrados permanezcan retenidos a disposición de AFIP-DGI, juntamente con la carga transportada, que permanecerá en el interior de su medio transportador y todo elemento de interés para la causa, por estar frente a una infracción del Régimen Penal Tributario, Ley N° 27.430.



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