El Ministerio de Salud Pública recuerda que el artículo 4 de la Ley Provincial XVII N.º 63, modificación Decreto Provincial 269/19 indica:
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El certificado de apto físico (médico y odontológico), se debe presentar en el mes del cumpleaños del alumno, tanto en nivel inicial, primaria y secundaria.
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La NO presentación del certificado al inicio escolar no debe condicionar al estudiante el cursado del nivel educativo que corresponde.
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El certificado tiene un (1) año de validez.
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Los exámenes complementarios (como electrocardiogramas, rayos X u otros) serán adjuntados, a dicha documentación, únicamente en aquellos casos en que el médico actuante ha considerado necesario realizarlo.
El objetivo es evitar la concurrencia masiva a los centros de salud y hospitales, provocando agotamiento de turnos y largas esperas, además de impedir que se vuelva un trámite administrativo y no garantice el chequeo del chico debidamente.

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